domingo, 3 de junio de 2018

Caso Satya en Ecuador

Dos lesbianas inglesas, se fueron a vivir a Ecuador y como tienen un niña concebida por una de ellas, por inseminación artificial; (la ciencia al servicio de los antojos); decidieron inscribirla en el Registro Civil.
Problema: este Registro no quiso inscribir a la niña con los dos apellidos de las dos mujeres, ya que en la ley Ecuatoriana, esto no es posible. Se requiere el nombre del Padre, o sinó ser madre soltera.
En Ecuador como en inúmera partes del planeta, no hay 2 madres.
Obviedad que la naturaleza impone.
Sin la participación de un espermatozoide, no puede haber fecundación.
Padre tiene que haber SIEMPRE.
Y la niña tiene el DERECHO a saber quien es su padre, (de dónde viene); y a tener el apellido correspondiente.

Pues la Corte Constitucional dictaminó, vomitando sobre el derecho humano de la niña, satisfacer el antojo de las mujeres y ORDENAR la inscripción con ambos apellidos, (que corresponden al paterno de cada una de ellas, jeje).

Para Colmo de todo, en clarísimo abuso de autoridad, la Corte Constitucional, ordenó someter a escarnio a las autoridades que negaron por ley vigente la inscripcion antojadiza, y que pidieran PERDÓN. Extremo ridículo propio de un estado mental irracional fanático, para fomentar la causa de la corrupta ideología de género.

 Creo que la Corte no tiene potestad para legislar y ni siquiera cambiar protocolos de atención. Solo puede expresarse en si una norma es o no Constitucional en un caso ESPECÍFICO y con resultancias exclusivas en ese caso. Hubo un claro abuso de autoridad de la Corte.

Wikipedia copada por totalitarios

No soy usuario de Wikipedia y no la entiendo mucho, jaja.

Resulta que un usuario autodenominado Taichi me bloqueó por 3 dias por "intimidar o acosar" a un usuario.

Lamentablemente, no sé cuál sería ese usuario, (?) y tampoco cual sería la intimidación o el acoso.
O sea, me voy sin saber lo que este ser "superior", "iluminado" me trata de decir, para poder corregir lo que hice mal a su libre parecer.

Creo que wikipedia la hace la gente, y se está convirtiendo en propiedad intelectual de algunos, que borran ediciones y artículos a su antojo.

A mí me borraron un aporte en "el caso Satya" dos veces.
Lo que traté fué de aportar el parecer de la otra parte en la situación, pero este usuario Taichi, (que parece que no duerme, eran las 4 de la madrugada); me lo borra con increíble velocidad propia de una computadora y no de un ser humano común.

Quizás sean distintas personas, (censores) que bajo el mismo nick, hacen la tarea de "domesticar" a los ingnorantes como yo.

Wikipedia está tomando un tufo totalitario a favor de determinadas ideologías.
Llegará el tiempo que naturalmente, se desvirtúe y la gente ya no le preste importancia ni valor a una idea que en su principio era muy buena.
Y todo por infiltrados que mercenariamente sirven a oscuros intereses ideológicos que ya están en evidencia.

Haré amplia difusión en las redes sociales, sobre este acontecimiento novedoso para mí. Saludos.

viernes, 1 de junio de 2018

Ley Caducidad inconstitucional? Mamarracho de sentencia.


La Suprema Corte de Justicia declaró ya hace unas cuantas setimane, 17 veces que la ley de Caducidad es "inconstitucional".

No le dí mucha pelota porque ya se que generalmente los integrantes de las SCJs son obsecuentes con el poder político de turno, acá y en todas partes.
En efecto, hace unos años la misma Corte, pero con otros integrantes, declaró que ERA CONSTITUCIONAL.
En otras palabras; "como te digo una cosa, te digo la otra" dijera el Pepe....

Ahorita, como estoy aburrido en el paisito, se me dió por buscar cual fué el fundamento para la última posición actualizada:
Fundamentalmente se basaron en que la citada violaba la "separación de poderes",,,,,, jajaja!

MAMARRACHO DE SENTENCIA!!!!

Hasta un estudiante de Derecho sabe que esta ley no atribuye poderes jurisdiccionales al Ejecutivo para configurar el pecado achacado.

Es potestad del Legislativo y del Ejecutivo, la aplicación de Amnistías, Indultos, etc, cosa que el Judicial NO PUEDE.

La "Caducidad de la Pretensión punitiva del Estado" para el caso de los militares, fué una Amnistía previa a cualquier juicio potencial que hubiere a lugar.

Y el Ejecutivo NO JUZGA si el militar denunciado fué culpable o inocente, simplemente se EXPIDE en relación a si ESTÁ O NÓ incluído en la Caducidad soberanamente otorgada.

Por ser las Amnistías de carácter eminentemente político, es el Poder Político, (legislativo o ejecutivo) el encargado de "INFORMAR" al Judicial sobre la calidad de cada denunciado.

Por lo tanto, NO HAY VIOLACIÓN NINGUNA A LA MENTADA SEPARACIÓN DE PODERES.

Sres Magistrados: NO LES DÁ VERGUENZA?